Inclusión educativa y Discapacidad

Autoras: Giménez, Belén - Díaz, Macarena Inclusión educativa y Discapacidad En este escrito abordaremos los conceptos de educación inclusiva y discapacidad vistos a lo largo del año, en el espacio curricular Sujeto de la Educación Inicial II. Procederemos al desarrollo conceptual con la bibliografía propuesta por las docentes. Para comenzar: ¿Qué es la educación inclusiva? UNESCO define a la educación inclusiva como el derecho de todos los alumnos a recibir una educación de calidad que satisfaga sus necesidades básicas de aprendizaje y enriquezca sus vidas. A su vez define a la educación como “el proceso de identificar y responder a la diversidad de las necesidades de todos los estudiantes a través de la mayor participación en el aprendizaje, las culturas y las comunidades, y reduciendo la exclusión en la educación. Involucra cambios y modificaciones en contenidos, aproximaciones, estructuras y estrategias con una visión que incluye a todos los niños y niñas del rango de edad apropiado y la convicción de que es la responsabilidad del sistema regular educar a todos los niños y niñas”. (Encuentro n° 9 Sujeto de la Educación Inicial Prof: Carpio, V - Gabrielli, F (2020)) Principalmente se basa en que cada niño/a posee: características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizajes distintos, es por esto que el sistema educativo es el encargado de diseñar los programas escolares, teniendo en cuenta la amplia diversidad de características y necesidades ya mencionadas. También sistema educativo se ocupa de aportar respuestas pertinentes a toda la gama de necesidades educativas en contextos pedagógicos escolares y extraescolares, esto se ve reflejado en la ley de Educación Nacional n° 26.206 allí menciona: Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, establece que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado, enunciando que: "La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria" (Art. 16) para garantizar la inclusión educativa a través de políticas universales, de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores que más lo necesitan. Que el avance de los conocimientos en el campo educativo específicamente en la Educación Especial, las demandas sociales, culturales y legales, generan la necesidad de nuevos marcos conceptuales que fundamenten las prácticas inclusivas y favorezcan las trayectorias educativas de los alumno/as con discapacidad en los distintos Niveles y Modalidades del Sistema; Que para garantizar la trayectoria educativa integral del alumno/a con discapacidad y su continuidad por los Niveles/ Modalidades que corresponda es necesario establecer las configuraciones prácticas que adoptarán los apoyos; Que la definición del proyecto educativo del alumno/a con discapacidad requiere de la participación activa de la familia y del propio alumno/a siempre que sea posible, en beneficio de una educación integral que mejore su calidad de vida; Que la integración de las personas con discapacidad requiere de la configuración de redes sociales y de políticas públicas concurrentes que garanticen su condición de sujeto de derecho y la construcción de una cultura inclusiva; Que el Consejo Provincial de Educación ha evaluado la necesidad de dictar una nueva norma que responda a las cuestiones institucionales inherentes a la gestión de los procesos de enseñanza y de aprendizaje de las personas con discapacidad en el marco de la escuela inclusiva; (Ley de Educación Nacional n°26.206 pág 1). En este marco y por lo mencionado anteriormente cabe destacar la relación entre inclusión e integración: La integración como movimiento surgió desde la Educación Especial produciendo transformaciones tanto en la organización de la misma como en las relaciones escuela especial - escuela común. La inclusión surge de la necesidad de transformación de la Escuela común, se presenta como un enfoque filosófico, social, político, económico y especialmente pedagógico guiado por definiciones políticas que protegen el interés del niño y de los sujetos de la educación. Es importante saber que cuando hablamos de inclusión no solo nos referimos al concepto de discapacidad. Procederemos a ver: ¿Qué es la discapacidad? Debemos tener en cuenta que las personas con discapacidad son quienes tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diferentes barreras pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con los demás (En el mundo hay al menos 650 millones de personas con discapacidad), es necesario tomar conciencia que nos referimos a personas, sujetos de derechos y obligaciones como cualquier otra. Fue necesario anteponer la palabra persona para tomar conciencia de que nos referimos ante todo a una persona y su condición de discapacidad no puede eclipsarla o definirla. Es persona, sujeto de derechos y obligaciones como cualquier otra. La discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencia y los obstáculos debidas a la actitud y al entorno que evitan la participación plena y efectiva en la sociedad, esto se convierte en una responsabilidad social, debemos pensar como promover la inclusión de personas con discapacidades respetando sus derechos. La discapacidad es lo que ocurre cuando las necesidades funcionales de una persona no son tenidas en cuenta por el entorno físico y social en el que vive, poniéndolas en una injusta situación de desventaja e inequidad, que se convierte en una responsabilidad social, en la que todos estamos involucrados. La discapacidad surge en la interacción de las personas con otras personas o con las cosas. Este es el enfoque que propone el modelo social de la discapacidad, en donde la interacción con los entornos puede generar diversas barreras. La Organización Mundial de la Salud (OMS) describe las barreras como “factores en el entorno de una persona que, cuando están ausentes o presentes, limitan el funcionamiento y crean discapacidad”. Barreras actitudinales: Son las más básicas y contribuyen al desarrollo de otras barreras. Por ejemplo: Estereotipos: las personas a veces estereotipan a aquellas que tienen discapacidades, al asumir que su calidad de vida es mala o que no están sanos debido a sus deficiencias. Estigma, prejuicio y discriminación: las personas pueden ver la discapacidad como una tragedia personal, como algo que se tiene que curar o prevenir. Barreras comunicacionales: Son las que enfrentan personas con discapacidad que afectan la audición, el habla, la lectura, la escritura o el entendimiento y que usan maneras alternativas de comunicación Barreras físicas: Es todo obstáculo en el entorno estructural que dificulte, impida o bloquee el desplazamiento o acceso a un espacio a una persona. Barreras sociales: Condiciones en que las personas nacen, crecen, viven, aprenden, trabajan y envejecen que pueden generar barreras para las personas con discapacidades. Estas barreras se pueden superar Informándonos, reflexionando antes de actuar, desarrollando la simpatía actuando con solidaridad y teniendo presentes conceptos claves como: Diseño universal: implica que todos los productos, herramientas, entornos y espacios están pensados y puedan ser utilizados por la diversidad de personas que viven en la sociedad. En 2006 se creó la convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad para garantizar el acceso a los mismos derechos y oportunidades que el resto de la sociedad. A las personas con discapacidad se les niegan a menudo oportunidades de trabajo, escolarización y plena participación en la sociedad, lo cual constituye un obstáculo al desarrollo y bienestar de la persona, su familia y de toda su comunidad. La Convención abarca muchos aspectos en los que pueden surgir obstáculos, tales como el acceso físico a los edificios, calles y transportes o el acceso a la información a través de los medios impresos y electrónicos. Asimismo, trata de reducir la estigmatización y discriminación, que se encuentran a menudo entre los motivos por los que las personas con discapacidad se ven excluidas de la educación, el empleo, la salud y otros servicios. Algunas siglas y aspectos a conocer: ETAP: Equipo técnico de apoyo pedagógico. Compuesto por: psicóloga, trabajadora social, psicopedagoga, fonoaudióloga. MAI: Maestra de apoyo a la inclusión. Algunas son suministradas por el estado, en otros casos por las obras sociales de las familias. El trámite se realiza a principio de año. Algunas están orientadas a la discapacidad intelectual, otras a lo sensorial (discapacidad auditivas y/o visuales) AT: Acompañante terapéutico. Son profesionales que actúan como auxiliares de salud, colaborando con una persona que está bajo tratamiento. En Río Negro se tienen que matricular en el Ministerio de salud. Estos acompañantes pueden asistir de diferentes maneras a las personas que padecen diversas patologías como TEA, trastornos de desarrollo y otras situaciones. El rol del acompañante terapéutico varía con cada sujeto, puede decirse que el acompañante contiene al sujeto y lo asiste de distintas formas. CI- Cociente intelectual es un número que resulta de la realización de una evaluación estandarizada que permite medir las habilidades cognitivas de una persona en relación con su grupo de edad. Este resultado se abrevia como CI o IQ (intelligence quotient). TEA (antes TGD) L. Kanner, en Estados Unidos y H. Asperger, en Austria, describieron en 1943 unos cuadros clínicos que hoy se incluyen en los denominados Trastornos del Espectro Autista. Se acuñó el término Trastornos Generalizados del Desarrollo (TGD), un término no muy afortunado, ya que no “todo” el desarrollo se afecta. Síndrome de Down: El síndrome de Down (SD) es un trastorno genético causado por la presencia de una copia extra del cromosoma 21 (o una parte del mismo), en vez de los dos habituales (trisomía del par 21), caracterizado por la presencia de un grado variable de retraso mental y unos rasgos físicos peculiares que le dan un aspecto reconocible. Es la causa más frecuente de discapacidad psíquica congénita y debe su nombre a John Langdon Haydon Down que fue el primero en describir esta alteración genética en 1866.

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